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Debemos proteger a nuestros menores de edad de quienes ya han cometido delitos sexuales: Òscar Barreto.

El senador del Partido Conservador Òscar Barreto, es el ponente de este proyecto de ley por medio del cual se establecen los cargos, oficios o profesiones susceptibles de aplicación de la inhabilidad por delitos sexuales contra menores de edad

En Comisión Primera del Senado el senador Òscar Barreto, realizó la ponencia de este proyecto de ley que para el congresista responde a la grave situación que se presenta en el país contra los derechos de los niños y niñas, además abre el debate sobre la protección de los entornos en los menores de edad en el país se desenvuelven.

Este proyecto autoría de la senadora Nadia Blel , ya había sido aprobado con anterioridad en el Congreso de la República anterior estableciendo el régimen de inhabilidades a quienes han cometido delitos sexuales en contra de menores de edad pero, en ese momento la ley estableció facultades al Gobierno Nacional para determinar esas inhabilidades y se delegó al Bienestar Familiar para que se encargara de ese tipo de precisiones y la Corte Constitucional a través de la sentencia 407 del 2020 señaló que la competencia para esa decisión está en cabeza del Congreso de la Republica por lo que se presentó nuevamente.

“Todos conocemos la situación del país frente a la violencia sexual a nuestros menores de edad en Colombia, y este proyecto entra hacer un debate con respecto a los entornos donde se mueven las actividades de los niños y niñas en temas educativos, familiares y deportivos y esta grave situación se ha debatido por muchos años en el Congreso de la República, recordemos que años anteriores se ha planteado la cadena perpetua y la pena de muerte para quienes agreden sexualmente a nuestros menores de edad”, dijo Barreto.

Durante la ponencia del proyecto de ley en Comisión Primera del Senado, Òscar Barreto, manifestó que la violencia sexual en contra de los menores de edad, debe causar vergüenza ante el mundo por la manera tan terrible que se atenta sexualmente en contra de los menores de edad y la manera en que se maneja la protección de sus derechos. “En Colombia es un riesgo ser niña a niño por este tipo de situaciones tan complejas”, aseveró

Este proyecto está compuesto por cinco artículos:

  1. Establece un régimen de inhabilidades para quienes han sido condenados por delitos sexuales contra menores, quienes no podràn desempeñar cargos, oficios o profesiones que se relacionen directamente con menores de edad.
  2. Precisa el limite temporal de la inhabilidad por delitos sexuales contra menores de edad.
  3. Define de manera enunciativa los cargos, oficios y profesiones susceptibles de aplicaciòn de la inhabilidad por delitos sexuales contra menores de edad.
  4. Establece que, se entenderà por relaciòn directa y habitual con menores de edad para por delitos sexuales en contra de menores de edad.
  5. Establece las sanciones que se aplicarán en caso de omisión de verificación.