Opinión

PREOCUPACIONES SOBRE EL PROYECTO DE PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Por: Giovanny Molina Correcha

Son muchas las gestiones que he realizado en distintos ámbitos de nuestro desarrollo local, buscando mejorar la calidad de vida de nuestros coterráneos, las cuales hemos informado a la comunidad en varias de nuestras columnas anteriores; pero hoy debo hablar de un tema que trasciende las fronteras del Departamento del Tolima y que incide en la vida de todos los colombianos.

Como Diputado de la Asamblea Departamental del Tolima, por mandato constitucional represento al pueblo y actúo consultando la justicia y el bien común, aparte de que, siendo como soy miembro del Partido Conservador colombiano, es mi deber enarbolar los principios de un partido político con una larga tradición de representar los valores y principios que constituyen el fundamento de nuestra sociedad civil, incluidas garantías y libertades como la propiedad privada, la división del poder político o la autonomía territorial, que permiten el funcionamiento de nuestra sociedad en un marco de orden y justicia.

Es por ello que uno mi voz a las preocupaciones que ya públicamente ha manifestado en forma valiente y corajuda el Gobernador del Tolima, doctor Ricardo Orozco Valero, sobre varios de los cambios que el Gobierno Nacional, en cabeza del Presidente de la República Gustavo Petro, ha propuesto dentro del proyecto de ley que contiene el Plan Nacional de Desarrollo para el período constitucional 2022-2026.

Por un lado, son crecientes las voces de rechazo a la larga lista de facultades extraordinarias que contempla el artículo 298 del proyecto de Plan de Desarrollo, con las que prácticamente, se facultaría al Presidente de la República para modificar a su antojo toda la estructura de la administración pública del Estado colombiano, creando y modificando nuevas entidades públicas, así como todos los fondos que a nivel nacional administran recursos públicos.

Se trataría, de llegar a aprobarse, en un verdadero sometimiento a la voluntad unilateral de un único funcionario, el Presidente, que por esa vía tendría la potestad absoluta de modificar a su antojo toda la estructura del Estado colombiano, a diferencia del actual estado de cosas, en el que es al Congreso de la República, por vía del artículo 150 constitucional, a quien le compete tal facultad.

Como dice el viejo adagio, el poder absoluto corrompe de manera absoluta, y siendo como soy miembro de un cuerpo democrático de elección popular, no puedo menos de exigir el respeto al principio democrático esencial de la división del poder político, conforme al cual la organización básica del Estado en su estructura y funciones le corresponde al Congreso de la República a través de la expedición de leyes, limitándose las facultades del Presidente a la ejecución de las mismas, de manera que el poder público no se concentre en las manos de un solo funcionario.

El mismo nerviosismo surge con respecto a la propuesta del artículo 55 del proyecto de Plan, acerca de un Registro Universal de Ingresos, con el que se busca darle al Gobierno, por intermedio del Departamento Nacional de Planeación, el conocimiento y sobre todo, el manejo y manipulación de la información acerca de todos los ingresos y la actividad económica de las personas, bajo el pretexto de lograr una mayor efectividad en la asignación de subsidios públicos.

Frente a esto, no debemos perder de vista que aunque el Estado tiene la facultad de intervenir en la economía, está limitado por la libertad económica y la iniciativa privada de los ciudadanos que garantiza el artículo 333 de la carta política, para que aquella intervención se presente solamente de manera excepcional.

Pues bien, es por eso que, en materia de la información de las actividades económicas y el patrimonio de sus ciudadanos, el Estado puede conocerlos través de la declaración de renta, que las personas presentan a la Dian única y específicamente para fines tributarios, lo cual significa que con esta nueva atribución, se le estaría dando al Gobierno nacional la posibilidad de manipular información privada de cada uno de los ciudadanos colombianos, que podría estar cargada de ideología para diseñar, por ejemplo, nuevos impuestos de carácter confiscatorio que terminarían desconociendo el derecho básico a la propiedad privada.

Por último, el proyecto de Plan Nacional de Desarrollo impacta de manera muy negativa la autonomía territorial, tan cara a nuestro orgullo regional y a nuestra necesidad de dinámicas esencialmente locales.

En efecto, a través del Plan Plurianual de Inversiones que hace parte del proyecto de ley, se observa que las fuentes de financiación del Plan Nacional de Desarrollo tienen como eje central, en más del cuarenta por ciento (40%), recursos que por disposición constitucional son de las entidades territoriales, incluyendo recursos propios, los del Sistema General de Participaciones y del Sistema General de Regalías.

Es francamente lamentable que, a pesar de la pregonada autonomía territorial que consagra nuestra Constitución y predica la política nacional, se observan datos como que, por ejemplo, el Programa de Inversión Regional del 2011 buscaba financiarse en un 6,3% con fondos que provenían de recursos territoriales, pasando en el 2018 a 10,6% y ahora, con la nueva propuesta, a un 12,6%.

Desde el Departamento del Tolima, unimos nuestra voz sentida, de preocupación y de alerta, para que la sociedad civil en su conjunto, incluyendo a los partidos, los gremios y la ciudadanía en general, conozcan y discutan estas inquietudes de las que depende nuestro desarrollo como región y como país. Por encima de todo, es nuestro deber defender los principios y valores que nos definen como democracia.